La polémica en torno al caso de Emma Zermeño López volvió a escalar luego de que el magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Felipe de la Mata Pizaña, presentara un proyecto para revocar la sanción que la Sala Regional Guadalajara impuso a la activista por violencia política en razón de género contra la diputada con licencia de Morena, Almendra Negrete.
El asunto generó un amplio debate público sobre los límites entre la libertad de expresión, la privacidad y el uso de comunicaciones privadas como prueba en procesos judiciales, ante el riesgo de que el caso siente precedentes en materia electoral.
De acuerdo con el proyecto presentado ante la Sala Superior del TEPJF, la sanción debería anularse debido a irregularidades en la obtención de las pruebas utilizadas en el expediente, específicamente capturas de pantalla de conversaciones de mensajería instantánea.
El magistrado señaló que las capturas no fueron entregadas voluntariamente por ninguno de los participantes directos en la conversación, lo que, según el documento, vulnera el principio de inviolabilidad de las comunicaciones privadas.
El proyecto establece que los mensajes de aplicaciones de mensajería solo pueden ser utilizados como prueba si cumplen tres criterios estrictos:
voluntariedad, es decir, que uno de los interlocutores entregue el material; autenticidad, que se acredite su origen; e integridad, que el contenido no haya sido alterado.
Al no cumplirse estos requisitos, las pruebas carecerían de valor jurídico, por lo que se propone revocar las sanciones impuestas a Zermeño.
Entre las medidas dictadas previamente contra la activista se encontraban una disculpa pública y su inscripción en el registro de personas sancionadas por violencia política en razón de género.
En entrevistas posteriores al fallo regional, Emma Zermeño también señaló que la legisladora Almendra Negrete habría solicitado una reparación económica del daño por 300 mil pesos.
El caso se originó en octubre de 2025, cuando Negrete denunció a Zermeño tras la difusión de presuntas conversaciones privadas de WhatsApp en las que, según la queja, se cuestionaba la legitimidad de la legisladora.
Inicialmente, el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa (TEESIN) determinó que no existía infracción; sin embargo, la Sala Regional Guadalajara del TEPJF revocó esa decisión en febrero de 2026 y ordenó sancionar a la activista al considerar que los mensajes reproducían estereotipos de género.
Tras hacerse pública la controversia, Almendra Negrete defendió su decisión de acudir a los tribunales, al señalar que las agresiones no se limitaron a mensajes privados.
“Me ofendieron y lastimaron tanto que busqué justicia de la única forma que yo sé hacer: a través de los tribunales. Las agresiones son y siguen siendo en contextos públicos, privados y mediáticos”, expresó la legisladora en redes sociales.
En ese mismo mensaje, Negrete afirmó sentirse orgullosa de que ahora la identifiquen como “Dato protegido 2.0”, en referencia al manejo de su identidad en el proceso judicial.
