Los hermanos Manuel Roberto y Fernando Farías Laguna continuaron activos en la Secretaría de Marina y percibiendo ingresos pese a que ya existían órdenes de aprehensión en su contra, confirmó el despacho Epigmenio Mendieta y Abogados, encargado de su defensa legal.
Ambos son sobrinos del exsecretario de Marina, Rafael Ojeda Durán, y están señalados por autoridades federales como presuntos líderes de la red de “huachicol” fiscal más grande de la que se tenga registro, un esquema de tráfico de combustible que operaba desde la propia Secretaría de Marina.
La Fiscalía General de la República (FGR) los acusa desde septiembre del año pasado de delincuencia organizada con fines de cometer delitos en materia de hidrocarburos, así como de operaciones con recursos de procedencia ilícita.
De acuerdo con una investigación de Latinus, el vicealmirante Manuel Roberto Farías Laguna, actualmente internado en el penal federal del Altiplano, en el Estado de México, mantuvo sus ingresos conforme a su grado durante varios meses, hasta que causó baja efectiva el 18 de diciembre, según una respuesta de la propia Secretaría de Marina a una solicitud de acceso a la información.
En el caso de su hermano, el contraalmirante Fernando Farías Laguna, quien permanece prófugo, la Secretaría de Marina informó que se mantuvo activo y conservó sus percepciones, aunque se inició un proceso de baja por el probable delito de deserción, el cual se consumó el 11 de septiembre pasado, también en respuesta a un requerimiento de información realizado por Latinus.
La operación de la red de tráfico de combustible fue expuesta públicamente el 7 de septiembre, cuando el gabinete de seguridad federal y la FGR, entonces encabezada por Alejandro Gertz Manero, detallaron cómo buques con millones de litros de hidrocarburos ingresaban por aduanas bajo control de la Marina sin pagar los impuestos correspondientes.
La defensa de los hermanos Farías Laguna sostuvo que no existe irregularidad en que los elementos en servicio activo reciban sus prestaciones, y afirmó que la separación definitiva, baja o suspensión de haberes en las Fuerzas Armadas solo puede derivar de una sentencia firme o de un procedimiento administrativo concluido, con pleno respeto al debido proceso.
