La ministra Lenia Batres Guadarrama presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una propuesta para abandonar el criterio que obliga a realizar consultas previas a personas con discapacidad antes de aprobar normas que puedan afectarles directamente. Esta medida ha sido vigente desde 2016 como parte del cumplimiento de México con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
El cambio propuesto permitiría que la consulta previa solo sea obligatoria si las propias personas con discapacidad o las organizaciones que las representan la solicitan de manera expresa. Además, plantea que el deber de consulta solo aplicaría cuando una norma resulte perjudicial, y no cuando su impacto sea positivo o neutral.
Ante esta posible modificación, personas con discapacidad y organizaciones civiles harán uso de las audiencias públicas de la Corte por primera vez. El encuentro está programado para el próximo 20 de octubre en el edificio sede de la SCJN, y permitirá a los participantes emitir pronunciamientos y presentar argumentos en defensa del derecho a ser consultados.
Desde su llegada a la Corte, Batres ha cuestionado el uso del criterio que ha llevado a invalidar más de 50 normas por falta de consulta previa a grupos vulnerables, incluidas leyes promovidas por la administración del expresidente Andrés Manuel López Obrador. En la sesión del pasado 11 de septiembre, la ministra calificó esta práctica como una “perversión” y logró que ocho ministros aceptaran incorporar sus argumentos en un fallo sobre la Ley de Salud Mental de Chihuahua.
El presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz, y los ministros Sara Irene Herrerías e Irving Espinosa han respaldado la postura de Batres, promoviendo un enfoque que permita a la Corte analizar caso por caso la necesidad de realizar la consulta previa.
En contraste, los ministros Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf y Giovanni Figueroa Mejía han manifestado su oposición, argumentando que el derecho a la consulta no depende del contenido de las normas ni puede quedar sujeto a la percepción de beneficio por parte del legislador. “Nada sobre nosotros, nada sin nosotros”, recordó Figueroa, aludiendo al principio fundamental de participación de las personas con discapacidad.
El proyecto de resolución más reciente relacionado con esta postura fue presentado por Batres el pasado 7 de octubre, en el contexto de la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Michoacán. En dicho documento se formaliza la propuesta de dejar sin efecto el criterio adoptado por la SCJN desde hace casi una década.