La Secretaría de Energía (Sener) y la Comisión Nacional de Energía (CNE) tendrán la facultad de ocupar temporalmente, intervenir o revocar permisos a empresas privadas del sector energético en casos de fuerza mayor o riesgo a la seguridad nacional, de acuerdo con el nuevo Reglamento de la Ley del Sector de Hidrocarburos emitido el 3 de octubre.
El documento establece que las autoridades podrán ejercer esta medida bajo las normas de una expropiación, con base en situaciones como guerra, desastres naturales, alteraciones graves al orden público, o amenazas a la seguridad nacional, energética o económica, según lo determine el propio Gobierno.
El Artículo 309 del Reglamento indica que estas acciones podrán llevarse a cabo por una necesidad de utilidad pública, mientras que el Artículo 91 de la Ley del Sector de Hidrocarburos reconoce como tales las actividades de almacenamiento, transporte, comercialización, importación, exportación y guarda de hidrocarburos y petroquímicos autorizadas por la Sener o la CNE.
Antes de tomar el control de una empresa, las autoridades deberán presentar una justificación técnica y jurídica, describir los hechos que motivan la medida, identificar los bienes e instalaciones que se ocuparán, proponer la duración de la intervención y presentar un plan para la continuidad de las operaciones.
La ocupación podrá extenderse hasta por 36 meses y la dependencia que haya otorgado el permiso deberá cubrir una indemnización a valor de mercado, conforme a la Ley de Expropiación, además del pago por daños y perjuicios debidamente comprobados, según lo establece el Artículo 312 del nuevo reglamento.
En el modelo anterior, la Comisión Reguladora de Energía (CRE) tenía autonomía técnica y de gestión, regulaba los permisos y actuaba como árbitro ante conflictos. Ahora, será el Gobierno federal quien tenga la decisión final sobre este tipo de intervenciones.