La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió este lunes no reactivar el proceso de selección de candidatos del Poder Judicial Federal (PJF) para la elección programada en junio próximo. En sesión privada, el Pleno votó cinco contra cuatro, con una abstención, para mantener vigente la suspensión del proceso dictada por jueces federales en Morelia y Zapopan.
Ministras consideradas afines al Gobierno federal, como Lenia Batres, Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz, habían solicitado que la SCJN interviniera para revocar los acuerdos del Comité de Evaluación del PJF, que suspendió el proceso para acatar las órdenes judiciales. La propuesta de Esquivel de atraer los recursos de revisión contra dichas órdenes será analizada en una próxima sesión.
Argumentos de las Ministras
Lenia Batres argumentó que el Comité de Evaluación, compuesto por magistrados, académicos y un representante de la Barra Mexicana de Abogados, no tiene la facultad para detener el proceso y acusó a sus integrantes de “abuso de autoridad”, lo que podría derivar en responsabilidades penales y administrativas.
Por su parte, Esquivel aseguró que los amparos son improcedentes en materia electoral y que su aplicación afecta los derechos de las personas inscritas para participar en el proceso de selección de candidatos. Advirtió que la inacción del Comité podría dejar al PJF sin candidaturas para la elección.
Postura del Comité de Evaluación
El Comité, designado por la SCJN pero independiente del Pleno, afirmó que debe cumplir las suspensiones judiciales para evitar sanciones legales. Estas medidas judiciales se dictaron en amparos presentados por grupos que impugnan la reforma que introdujo la elección popular de jueces y magistrados, promovida en 2024.
Escenarios legales
El rechazo de la SCJN para intervenir deja al proceso en un limbo, con diversas vías legales aún abiertas. Entre las opciones que podría explorar el máximo tribunal se encuentran:
- Atracción de recursos: El Senado y el Instituto Nacional Electoral (INE) ya promovieron recursos contra la suspensión dictada por un juez de Morelia. La propuesta de Esquivel de que la Corte atraiga estos recursos permitiría resolver si los amparos pueden frenar la elección judicial.
- Resolución de controversias: La SCJN aún debe resolver controversias promovidas por juzgadores bajo el artículo 11 de la Ley Orgánica del PJF, en las que se cuestiona la capacidad del Tribunal Electoral del PJF (TEPJF) para revocar amparos.
- Contradicción de criterios: En diciembre, un tribunal colegiado de Jalisco determinó que el TEPJF no tiene competencia para revisar suspensiones dictadas en juicios de amparo, lo que generó una contradicción de criterios que la Corte debe resolver.
Implicaciones
La elección judicial, programada para junio de 2025, es un componente clave de la reforma promovida en el sexenio de Andrés Manuel López Obrador. Esta reforma establece que los jueces y magistrados sean electos por voto popular, un cambio sin precedentes en el sistema judicial mexicano que ha generado controversia y numerosos recursos legales.
La suspensión del proceso podría afectar el calendario electoral y la implementación de la reforma, lo que aumenta la incertidumbre sobre el futuro del Poder Judicial y la legalidad del nuevo sistema.