La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha dictado una sentencia histórica que obliga al Congreso mexicano a reformar la Ley de Migración para crear un registro público de personas migrantes detenidas, similar al Registro Nacional de Detenciones. La decisión responde a un amparo presentado por el Servicio Jesuita a Refugiados y la Clínica Jurídica Alaíde Foppa, quienes argumentaron que la ausencia de un sistema de registro vulnera los derechos de las personas migrantes.
La nueva plataforma deberá informar sobre la fecha, hora, lugar y autoridad responsable de cada detención, además del centro migratorio al que sea trasladada la persona. Esta medida surge en un contexto en el que, tan solo en 2024, 925,000 migrantes han sido detenidos en México, enfrentándose a aislamiento, incomunicación y falta de representación jurídica.
El abogado Luis Xavier Carrancá, de la Clínica Jurídica Alaíde Foppa, explicó que la falta de un registro permite que los migrantes queden expuestos a detenciones arbitrarias, tortura, tratos inhumanos y desapariciones forzadas. Además, facilita que las autoridades prolonguen las detenciones más allá de los plazos legales.
La sentencia también destaca que la falta de un registro de detenciones para migrantes constituye una “omisión legislativa” por parte del Congreso, ya que desde 2019 se estableció en el artículo 16 de la Constitución la obligación de crear este tipo de registros para garantizar los derechos de las personas detenidas. Sin embargo, el artículo transitorio que ordenaba incluir a los migrantes en la Ley Nacional del Registro de Detenciones no ha sido cumplido en cinco años.
El amparo presentado en 2022 por las organizaciones de derechos humanos argumentó que esta omisión legislativa dejaba a los migrantes en una situación de total desprotección constitucional y jurídica. Aunque un juez de distrito falló a favor del amparo, la decisión fue apelada por la consejería jurídica del Senado y la Cámara de Diputados, prolongando el caso durante 15 meses hasta que llegó a la SCJN.
Esta semana, la Segunda Sala de la SCJN, con el proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán, resolvió que sí existió una omisión legislativa y ordenó la creación del registro. Los ministros Luis María Aguilar, Javier Laynez y Pérez Dayán votaron a favor, mientras que Lenia Batres y Yasmín Esquivel, cercanas al oficialismo, votaron en contra.
El proceso para implementar la reforma podría tardar hasta un año, según estimaciones de Carrancá. Primero, el proyecto debe completarse, luego será enviado al juzgado de distrito que supervisará el cumplimiento y ordenará al Congreso realizar los cambios necesarios en la ley.
La sentencia es considerada una victoria para los derechos humanos, especialmente en un país donde los migrantes enfrentan numerosos riesgos. En México, los migrantes son frecuentemente víctimas de extorsión, secuestro, tortura y asesinatos, tanto por parte de grupos criminales como de autoridades. Informes previos han documentado que muchos de los detenidos desaparecen o permanecen incomunicados en estaciones migratorias, que operan como cárceles bajo el control del Instituto Nacional de Migración.
Organizaciones como la ONU y el Servicio Jesuita han señalado la urgencia de garantizar mecanismos de transparencia y protección para evitar abusos en la detención de migrantes. Se espera que este nuevo registro represente un paso hacia la rendición de cuentas y la mejora en las condiciones de quienes transitan por México en búsqueda de seguridad o una mejor vida.