Las comisiones de Puntos constitucionales y Estudios Legislativos dictaminarán las reformas a partir de las 11:00 horas de este miércoles.
En su mañanera, la Presidenta Claudia Sheinbaum confirmó también que quitaron esa adición.
“No, entiendo que esa parte la quitaron, que nada más queda esta parte del artículo 61, inciso 1, que pase a la Constitución. Las otras, entiendo que ayer mismo las retiraron, es lo que me informa la Consejería Jurídica”, dijo.
Para la Mandataria, con el paquete de iniciativas sólo se pretende pasar lo que está en la ley a la Constitución,
“Sí, entiendo que primero se presentó una propuesta de varios artículos y después la propuesta es esto que leímos aquí, del artículo 61, inciso uno, quede en la Constitución para fortalecer que, en efecto, es improcedente el juicio de amparo en el caso de reformas constitucionales, es una propuesta de los compañeros y es pasar lo que está en la ley a la Constitución. Es una iniciativa de diputados y senadores”, comentó.
– ¿Esto no deja desprotegida a la población en caso de que no sólo en su Gobierno, sino que más adelante se presenten iniciativas?, se le preguntó.
“Pues ya están en la Ley de Amparo, está protegida en la Ley de Amparo y la idea de ellos es pasarlo a la Constitución”.
En medio del jaloneo entre los Poderes Ejecutivo y Judicial, las bancadas de Morena en el Senado y la Cámara de Diputados agendaron una iniciativa de reforma a los artículos 105 y 107 de la Constitución para impedir que ésta sea impugnable.
De acuerdo con la iniciativa -suscrita por los coordinadores de los diputados, Ricardo Monreal, y los senadores, Adán Augusto López, y los presidentes del Senado, Gerardo Fernández Noroña, y de la Cámara baja, Sergio Gutiérrez-, no procederán ni los amparos ni las acciones de inconstitucionalidad.
“Son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a esta Constitución, incluyendo su proceso deliberativo, legislativo y correlativa votación, así como aquellas que busquen controvertir las resoluciones o declaraciones de las autoridades competentes en materia electoral”, dice la reforma al artículo 105.
Se detalla que “las sentencias que se pronuncien en los juicios de amparo sólo se ocuparán de personas quejosas que lo hubieren solicitado, limitándose a ampararlas y protegerlas, si procediere, en el caso especial sobre el que verse la demanda. Tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las sentencias que se dicten fijarán efectos generales”.
La iniciativa abarca también una reforma al segundo párrafo del artículo primero constitucional, para atajar, y de hecho nulificar, los convenios o tratados internacionales con los que México esté asociado en materia de derechos humanos.
El Centro Prodh extternó que era un retroceso para los derechos humanos.
“La reforma que se ha propuesto en materia de ‘inimpugnabilidad de las reformas constitucionales’ modifica el art. 1 Constitucional, que tanto costó alcanzar y que es clave para incorporar los tratados internacionales que más protegen a las personas”, recordó.