Posibles impugnaciones a la reforma judicial por desaseo legislativo

El desaseo en el proceso de aprobación y su conexión con los principios constitucionales podrían poner en riesgo la reforma.

Nacional

Desde la aprobación de la reforma judicial impulsada por Andrés Manuel López Obrador y Claudia Sheinbaum Pardo, ha surgido preocupación entre jueces y magistrados por posibles violaciones al procedimiento legislativo y a los principios fundamentales de la Constitución.

Según reportan juzgadores y magistrados, quienes prefirieron no revelar su identidad por temor a represalias, el proceso legislativo ha sido cuestionado en 39 amparos en revisión desde 1996, lo que sugiere que existe una tendencia a aceptar juicios en contra de reformas constitucionales.

Los violaciones en el proceso legislativo podrían resultar en una reposición de la discusión de la reforma al Poder Judicial de la Federación (PJF), siguiendo los principios de la democracia deliberativa y las leyes secundarias establecidas en la Constitución.



Uno de los principales argumentos en su contra, es que la reforma contempla cambios a aspectos que se consideran cláusulas pétreas, es decir, normas de dimensión constitucional que no pueden ser modificas por el poder reformados sin romper con el texto constitucional.

El principio de progresividad, establecido en el artículo 1 constitucional, también se ve involucrado en este caso, ya que hay límites en la modificación de la Carta Magna para permitir penas extremas o regresar a prácticas obsoletas como la pena de muerte o las penas corporales.

Los expertos coinciden en que la reforma al PJF, en la que destaca la propuesta de elegir jueces y magistrados por voto popular, podría ser impugnada a través de acciones de inconstitucionalidad, amparos y recursos judiciales, muchos de los cuales llegarían a la Suprema Corte de Justicia Nacional por su trascendencia.



Las inconsistencias detectadas en el proceso legislativo incluyen alegatos de haber aprobado la reforma durante un periodo de receso, en el que la Comisión Permanente no tiene facultades legislativas. Además, se denunciaron irregularidades como la falta de inclusión de todas las voces en los parlamentos abiertos y la presencia de choferes que suplantaban a los legisladores para cumplir con el quórum en la Cámara de Diputados.

En el Senado de la República, se cuestionan los votos de los senadores Miguel Ángel Yunes Linares y Daniel Barreda, ya que el primero fue nombrado en lugar de su hijo y votó a favor de la reforma, mientras que el segundo, senador de Movimiento Ciudadano, no votó.

En resumen, es posible que la reforma judicial impulsada por el gobierno federal se vea frenada debido al desaseo legislativo y posibles violaciones a los principios constitucionales que la sustentan. Este hecho ha generado preocupación entre los jueces y magistrados, quienes creen que se debe respetar el proceso legislativo y los preceptos fundamentales de la Constitución para garantizar la justicia y el Estado de Derecho en el país.



Los jueces y magistrados destacan que hay algunos criterios aislados sobre qué es una cláusula pétrea, entonces puede haber modificaciones, adiciones a la Constitución, pero no reformar aspectos que resulten elementos inescindibles, que no se puede dividir, separar o partir, del Estado mexicano, como fue concebido inicialmente.

Por ejemplo, que los derechos fundamentales no pueden ser disminuidos, que la división de las funciones del poder público no puede ser modificado.

“Aquí entra el tema de la independencia judicial y también de los mecanismos para la defensa constitucional. Son temas de teoría constitucional, por ejemplo, hacer la distinción entre poder constituyente y poder reformador. Entonces, en el primero, no hay modificaciones constitucionales, pero en el segundo existen fronteras que no se pueden sobrepasar”, enfatizan.



En el juicio de amparo, muchos de los planteamientos son que el procedimiento que se siguió del poder reformador es de manera ilegal.

Entonces no se pueden realizar estas modificaciones a los contenidos de la Constitución porque fue incorrecto el procedimiento, hay una especie de declaración de que el poder reformarla no incluye facultades para destruirla.

“En teoría se supone que el juicio de amparo sería el mecanismo idóneo para hacer valer las limitaciones que tienen los procesos de reforma conforme al propio artículo 35 de la Constitución”, subrayan.



Sostienen que se aproxima una crisis constitucional sin precedentes y advierten que puede llegar el momento en que se tendrán dos poderes judiciales.

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