El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha presentado un proyecto de sentencia en el que declara la inconstitucionalidad de ciertos aspectos de la reforma judicial impulsada por el expresidente Andrés Manuel López Obrador y aprobada por la mayoría de Morena y sus aliados en el Congreso.
Según el proyecto, se declara la inconstitucionalidad de la elección por vía popular de jueces y magistrados, pero se mantendrá la elección de ministros, con el objetivo de poner fin a la actual “crisis constitucional”.
El ministro González Alcántara señaló que se rechaza la elección de ministros como un acto de “autocontención” para solucionar la crisis y restaurar la normalidad en las relaciones entre los Poderes de la Unión.
El proyecto también propone la invalidación de los jueces sin rostro, la supresión de los amparos con efectos generales, y la elección de jueces y magistrados por voto popular. No obstante, se mantendrá la elección de los miembros de la Suprema Corte, los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y la creación del Tribunal de Disciplina Judicial.
Además, el ministro también propone que se declare inconstitucional la renovación total de los poderes judiciales locales, lo que significa que los jueces estatales no podrán ser removidos y reemplazados por otros elegidos por voto popular.
El ministro González Alcántara aclara que su análisis de la reforma judicial se basa en la violación de principios constitucionales y en una “grave afectación a la democracia constitucional”. Además, su postura coincide con el discurso del presidente en contra del Poder Judicial de la Federación, afirmando que la supuesta intención de mantener privilegios es en realidad la preservación de la imparcialidad y la independencia en el cargo.
Sin embargo, el tema de los ministros de la Corte no se incluye en el proyecto por “mesura institucional”. El ministro señala que sus colegas de la SCJN tienen la autoridad para analizar el régimen electoral de ministros, pero propone no hacerlo por razones de “mesura institucional”.
Por último, el ministro afirma que la Suprema Corte tiene la potestad de revisar cualquier reforma constitucional que afecte los principios fundamentales establecidos en la Constitución, también conocidos como “cláusulas pétreas”.
El proyecto, que atiende las acciones de inconstitucionalidad presentadas por los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y Movimiento Ciudadano, fue publicado por la SCJN y todavía no ha sido programado para ser discutido y votado en las próximas sesiones del pleno.
Dependiendo de la decisión final de los ministros, el alcance y el contenido del proyecto podrían ser modificados, y se necesitará un mínimo de ocho votos a favor para su aprobación.
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