El ex Gobernador Diego Sinhué Rodriguez presentó una controversia constitucional para impugnar la reforma judicial en Guanajuato ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, justo antes de dejar su cargo el pasado 26 de septiembre. Sin embargo, la Corte solo notificó el viernes pasado que el expediente fue turnado al Ministro Juan Luis González Alcántara, quien deberá decidir si la admite para su trámite.
Cabe destacar que esta controversia no tiene relación con la que decidió iniciar el Pleno de la Corte el jueves pasado, para determinar si cuenta con las facultades necesarias para revisar la reforma que establece que todos los jueces del país serán elegidos por voto popular.
En este caso, la demanda se centra en los magistrados y jueces de los tribunales superiores de justicia estatales, cuya elección por voto popular no está establecida para junio de 2025 como en el caso de la justicia federal, sino que cada entidad tiene la opción de posponerla hasta junio de 2027.
Desde 1995, los estados tienen la facultad de promover controversias para impugnar la constitucionalidad de normas generales, actos u omisiones de otros niveles de gobierno, ya sea federal o municipal, que invadan su ámbito de atribuciones. También pueden alegar violaciones a tratados internacionales sobre derechos humanos.
Aún está por verse si el Ministro González Alcántara admitirá la demanda, ya que esta no se enfoca en una ley secundaria o algún otro acto de autoridades, sino en una reforma a la Constitución federal, que es precisamente el parámetro de control para este tipo de juicios.
Si el Ministro admite la controversia, o si la desecha por improcedente, su decisión puede ser apelada por la parte afectada ante el Pleno de la Corte mediante un recurso de reclamación.
La admisión de la demanda, en caso de ser aceptada, implicaría convocar al juicio al Congreso y al Ejecutivo federales, así como a las Legislaturas estatales que aprobaron la reforma publicada el 15 de septiembre, para que rindan informes y presenten argumentos en su defensa.
Hasta el momento se desconoce si Guanajuato solicitó una suspensión, la cual de ser concedida por el Ministro instructor, podría suspender temporalmente los efectos de la reforma solo en ese estado. Sin embargo, en general la Corte no otorga suspensiones contra leyes y nunca lo ha hecho contra una norma constitucional.
En caso de que el Pleno de la Corte determine que puede pronunciarse sobre la constitucionalidad de la propia Constitución, una eventual sentencia a favor de Guanajuato solo tendría efectos en esa entidad.