El análisis de listas de acuerdos de los 32 circuitos en Estados de México entre el 26 de septiembre y el 2 de octubre, reveló que los jueces federales han concedido al menos 70 suspensiones para frenar la implementación de la reforma judicial aprobada desde el pasado 16 de septiembre. A pesar de que se trata de una reforma Constitucional, no puede ser impugnada por esta vía según la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia.
De las 70 suspensiones otorgadas, 34 ordenan el cese inmediato del proceso para la elección judicial extraordinaria, que estaba agendada para junio de 2025. Estas órdenes han sido dadas al Instituto Nacional Electoral (INE), el Senado y otras autoridades responsables en general.
Las suspensiones para parar la elección han sido concedidas por varios jueces y juezas, entre ellos el Segundo de Distrito en Colima, el Quinto en Yucatán, el Cuarto en Materia Administrativa en Jalisco, el Décimo y Décimo Noveno en Veracruz, el Primero en Baja California y el Primero en Durango. Además de frenar el proceso electoral, los jueces también prohíben al Senado emitir la convocatoria para la elección, que debe hacer a más tardar el 16 de octubre, mientras que otras órdenes se enfocan en el Consejo de la Judicatura Federal (CJF), prohibiéndoles tomar acciones para la transición a los nuevos órganos de administración y disciplina.
Del resto de las 36 suspensiones, aún se desconoce públicamente su alcance, pero se cree que tendrán efectos similares.
La primera suspensión, concedida en Colima el pasado 24 de septiembre, fue confirmada el lunes pasado por el Tribunal Colegiado del Trigésimo Segundo Circuito. Mientras tanto, el juez Cuarto Administrativo en Jalisco, Francisco Ramírez Marcial, ha otorgado 25 suspensiones.
Además, varios jueces han ordenado a las autoridades que se abstengan de realizar declaraciones que constituyan un ataque, difamación, humillación o cualquier acto que implique ataques a la integridad personal y la posible persecución política de las personas en cuestión.
Para tratar de revertir la jurisprudencia de la Corte, las demandas alegan que el artículo 61 de la Ley de Amparo prohíbe la vía de impugnación para cuestionar cambios a la Constitución.
Desde finales de agosto, varios jueces han otorgado suspensiones para impedir la aprobación de la reforma en el Congreso federal, su envío a las legislaturas estatales y su publicación en el Diario Oficial, pero los poderes Legislativo y Ejecutivo han ignorado estas órdenes.
Sin embargo, no está claro si el INE podrá simplemente desobedecer las suspensiones, lo que constituiría un delito federal, aunque se cree que la Fiscalía General de la República no persigue a aquellos denunciados por ello.
La situación excepcional creada por la reforma ha llevado a al menos ocho jueces a admitir que no pueden ser imparciales y seguir tramitando los amparos, ya que la reforma les afecta directamente al establecer que los juzgadores de todo el país serán elegidos por voto popular, forzándolos a decidir si competirán con otros candidatos o renunciarán a sus cargos.