Acusa FGR vuelo ilegal de ‘El Mayo’; exige informe a EU

Nacional

La Fiscalía General de la República (FGR) acusó de ilegal y clandestino el traslado de Ismael “El Mayo” Zambada y Joaquín Guzmán López a los Estados Unidos, pues afirmó que el viaje se realizó en un avión con matrícula clonada, cuyo piloto ocultó la información del vuelo en territorio nacional.

La dependencia hizo 11 pedidos de información al Departamento de Estado de los Estados Unidos sobre el vuelo en el que fueron extraídos del país los presuntos narcotraficantes, pero aseguró que hasta hoy los estadounidenses no han proporcionado ningún dato.

La solicitud de información la hizo porque, pese a las diligencias que llevaron a cabo los fiscales de la FGR en el Aeropuerto de Santa Teresa, Nuevo México, donde se llevó a cabo el aterrizaje, hasta hoy la Fiscalía no tiene certeza ni del número de matrícula de la aeronave ni quién es el piloto.



“El artículo 123 del Código Penal Federal establece que se impondrá prisión de 5 a 40 años, al mexicano que cometa traición a la patria; señalando también que es responsable de ese delito, el que prive ilegalmente de su libertad a una persona en el territorio nacional, para entregarla a las autoridades de otro país, o trasladarla fuera de México con tal propósito”, indicó la FGR en un comunicado.

“Las pruebas fundamentales para acreditar ese delito se encuentran dentro del territorio de los Estados Unidos de América; y están vinculadas directamente con un vuelo ilegal; con un avión de matrícula clonada; y con una conducta absolutamente irregular de quien piloteó ese avión y que ocultó toda la información de su vuelo en territorio mexicano, hasta que llegó a la frontera, donde ya dio solo el aviso de su aproximación y aterrizaje en territorio de los Estados Unidos, en donde ya lo estaban esperando”.

Lo que sí dijo haber obtenido de fuentes de inteligencia, a través de la Agencia de Investigación Criminal (AIC), son los datos de la ubicación de la pista cercana a Culiacán de la que partió la aeronave.



De acuerdo con la FGR, en su indagatoria ya cuenta con la información del despegue y del vuelo clandestinos “no informados dentro del territorio nacional”, así como de la aprobación que dicha aeronave obtuvo para aterrizar en territorio norteamericano. Una vez que esta información sea diligenciada, también será dada a conocer.

La Fiscalía reconoció que no obtuvo datos relevantes en las diligencias que llevaron a cabo los fiscales que envió a la Unión Americana para indagar el vuelo en el que fueron extraídos del país los presuntos narcotraficantes.

“Se realizó una diligencia ministerial y de investigación policiaca en el aeropuerto ‘Doña Ana’, en Santa Teresa, Nuevo México, con la autorización del Gobierno de ese país, sin que se obtuvieran los datos necesarios para lograr establecer las responsabilidades ya referidas”, apuntó.



“Por tal motivo, el área de Asuntos Internacionales de la FGR, e Interpol-México, han solicitado formalmente al Departamento de Justicia de los Estados Unidos de América la siguiente información, la cual hasta hoy no ha sido proporcionada”.

Los 11 pedidos de información que solicitó a EU van desde los datos básicos del vuelo hasta la documentación migratoria.

1. Documento de autorización previa de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP, por sus siglas en inglés) del vuelo en que llegaron Ismael “N” y Joaquín “N”.



2. Documento de la información anticipada sobre los pasajeros (API).

3. Informe del sistema de seguridad de radares de los E.U.A., en la zona fronteriza con México.

4. Constancia de las autoridades migratorias sobre la recepción de ese vuelo en el aeropuerto de Santa Teresa, Nuevo México (pilotos, pasajeros, pasaportes, visas vigentes).



5. Constancia de aduanas sobre identificación y revisión de personas y pertenencias.

6. Datos de identificación del piloto.

7. Número de matrícula que llevaba el avión al momento del aterrizaje, legalidad y origen de la matrícula.



8. Identificación de la aeronave.

9. Registros aeronáuticos de la FAA (Federal Aviation Agency), sobre la matrícula y serie de la aeronave, incluyendo análisis histórico.

10. Si el número de serie que aparece en la puerta de la aeronave, así como la matrícula N287KA, son los legales; y si históricamente le corresponden hoy en día a esa aeronave, o si existe alguna irregularidad al respecto.



11. Número de serie real de dicha aeronave; y si existió cambio de alguna pieza en que se haya modificado dicha serie.

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