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La pelea por la compensación

febrero 12, 2019
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PRI: Temporada de traiciones
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Durante años, miles de contribuyentes utilizaron una filosofía para simplificar el pago de sus impuestos ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT): “cóbrate de lo que me debes”. Con esta frase los mexicanos aprovecharon las bondades de pedir facturas de sus consumos.

Para los contadores, este mecanismo era conocido como el cruce de impuestos, por su parte, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) lo llamó compensación universal.

En 2019, esta medida fue limitada, situación que desató que profesionistas e instituciones tramitaran más de 100 amparos hasta la primera semana de febrero.

Especialistas coinciden en que esta ola de resguardos ante la eliminación de la compensación provocaría que la SHCP retire la disposición que prohíbe transferir o convertir un impuesto ISR o IVA a conveniencia de los usuarios para compensaciones o acreditamientos. A pesar de que Hacienda trabaja para acelerar las devoluciones de IVA a empresas, los profesionistas y trabajadores independientes que están afectados por esta disposición acelerarían la aparición de una nueva miscelánea fiscal que retire, como en años anteriores, la eliminación de esta facilidad.

Los afectados tienen hasta el 14 de febrero para presentar ante el SAT un amparo que les permita cambiar los saldos a favor ante la SHCP.

A pesar de las críticas que se le han hecho a la cancelación, tampoco es imposible vivir sin la compensación universal, de hecho antes de 2004 ni siquiera existía, pero fue hasta julio de ese mismo año que se creó con el fin de facilitar el pago de impuestos por parte de los contribuyentes.

“Hay que recordar que las compensaciones son un derecho que los contribuyentes tienen para recuperar recursos, pero el candado de que pueda recuperar contra el mismo impuesto tampoco es nuevo”, dice Edilberto Castro, consultor y especialista en impuestos.

Asimismo, el experto menciona que esta nueva modificación representa un mayor control por parte del SAT, ya que obtiene mayor claridad sobre qué tributo está compensando el contribuyente y qué impuestos está pagando porque al momento de cruzar impuestos se perdían.

“Al tratarse de una medida con fines recaudatorios no se ve la posibilidad de que se cancele, más bien pareciera que va a persistir”

– Roberto Colín

Integrante de la Comisión Fiscal del CCPM

LO QUE EL AMPARO SE LLEVÓ

No es la primera vez que el SAT y las autoridades tributarias intentan cancelar un beneficio a ciertos contribuyentes.

Al respecto, el contador público Mario Montaño, explica que cuando muchosmexicanos recurren al recurso legal del amparo ante una medida de Hacienda, la institución revisa de nuevo los pros y los contras y, en algunas ocasiones, los contribuyentes inconformes logran victorias significativas.

“Hace más de 10 años había un ‘impuesto al activo’ que constaba en que el valor de todos los bienes que se tenían en una casa eran calculados y se sacaba un saldo promedio al que se le aplicaba el 2 por ciento. Frente a esto, muchos se ampararon y ahora la ley dice que los impuestos se calculan sobre los ingresos, no sobre los bienes, como muchos”, detalla respecto a la oleada de amparos que recibió Hacienda contra esta modificación.

MEDIDAS QUE SÓLO DAN TIEMPO

A pesar de los triunfos o del tiempo que gane un amparo ante una disposición de esta naturaleza, nada asegura que Hacienda dé vuelta atrás con esta disposición que tiene carácter recaudatorio.

“Lo que más podría generar sería una ampliación de estas facilidades y la generación de prórrogas”, expone Roberto Colín, integrante de la Comisión de Desarrollo Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM).

Además, al tratarse de una medida con fines recaudatorios no se ve la posibilidad de que se cancele, sino que persista.

Sin embargo, aún quedan dos días para que la Secretaría de Hacienda reciba los amparos al impuesto, por lo que Mario Montaño no descarta que se puedan llevar a cabo más modificaciones.

Los amparos no garantizan que la SHCP dé marcha atrás a esta cancelación

“Tiene que pasar tiempo para ver que hace Hacienda, lo quitan o lo derogan, como sucedió con el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU). Lo que pasa es que los contribuyentes ya tienen más medios para enterarse de este tipo de modificaciones. En cambio, hace 20 años pasó lo mismo, pero ahora se llama compensación universal, si se complica realizar la devolución de los impuestos podría ser incluido algún cambio en una próxima miscelánea”.

¿QUÉ ES Y POR QUÉ SE PELEAN POR ELLA?

En el inicio, existió la posibilidad de recibir, por parte de las autoridades hacendarias, una fracción de los impuestos que se pagan al comprar algo o recibir un servicio y pedir una factura.

El IVA que se les regresaba a los contribuyentes podían utilizarlo para pagar algún impuesto atrasado, o uno nuevo, con el fin de compensar este pago y utilizar los beneficios de ser un contribuyente cumplidor.

No importa si lo que se les regresaba era una devolución por IVA o ISR, ya que ambas servían para compensar los rubros, por eso se llama compensación universal.

Es como cuando alguien que te debe dinero por un préstamo y decide pagarte con algún producto o servicio que necesitas y estás dispuesto a aceptar: se podía pagar con el saldo a favor de IVA si debías a Hacienda impuestos en el rubro de ISR y viceversa.

Para las empresas, era una muy buena opción para preservar los flujos de dinero, debido a que los requerimiento de la SHCP podían pagarse de los mismos saldos positivos que les generaba el pago de impuestos.

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